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UNION FERROVIARIA: CONVOCATORIA A ELECCIONES GRAL

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El Secretariado Nacional de la Unión Ferroviaria en cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias, ha resuelto:

Primero: Convocar a elecciones generales, conforme al art. 88 del estatuto vigente.

Segundo: Establecer que las elecciones se llevaran a cabo el día 27 de noviembre de 08 a 20 hs y que en las mismas se procederá a elegir, por voto directo y secreto de los afiliados.

  1. Secretariado Nacional, integrado por 18 miembros conforme a los art. 32 y 33, que ejercerán las funciones previstas por el art. 37 y concordantes del estatuto. De ellos 16 miembros sean electos por los afiliados que son trabajadores en actividad, con subordinación a lo indicado por el art. 32 del estatuto, 1 perteneciente a la OSFE y otro a la actividad Ferro portuaria y los 2 restantes por los afiliados jubilados. Se elegirá igual número de suplentes, uno para cada titular en orden de lista. En cumplimiento de la ley de cupo femenino, las listas para ser oficializadas deberán postular como mínimo 1 candidata mujer titular y su correspondiente suplente.

  2. Delegados al congreso de la Unión Ferroviaria en numero de 110 titulares y 110 suplentes. De dicho total 96 titulares he igual cantidad de suplentes serán electos por los afiliados que son trabajadores en actividad, y catorce titulares y otros tanto suplentes por los afiliados jubilados. En ambos casos, mediante el sistema de la lista única considerando al país como distrito electoral también único (art.20 del estatuto). En cumplimiento de la ley de cupo femenino, las listas para ser oficializadas, deberán postular como mínimo 8 candidatas mujeres titulares e igual numero de suplentes del mismo sexo, debiéndolas incluir en lugares que posibiliten su elección art. 20.

  3. Miembros titulares y suplentes de las comisiones ejecutivas seccionales (conforme arts. 52,53 y 54 del estatuto) :

1 Seccional Capital –OSFE 13 miembros (empresa exigible: OSFE)

2 Seccional Capital Puerto: 11 miembros (empresa exigible: AGP – MIYT. (Subec. Puertos/ CP y VN.) , Delegación Puertos Paraná inferior, TEFASA)

3 Seccional Gran Buenos Aires Sud: 19 miembros (empresa exigible: Unidad Ejecutora, Belgrano S.A (Línea Roca) y Ferrosur Roca.

4 Seccional Gran Buenos Aires de la Costa: 20 miembros (empresa exigible: Belgrano S.A  UGOMS y Tren de la costa)

5 Seccional Gran Buenos Aires Norte: 16 miembros (empresa exigible: Belgrano S.A UGOMS, NCA y Ferrocentral)

6 Seccional Gran Buenos Aires Oeste: 19 miembros (empresa exigible: Belgrano S.A UGOMS Y Unidad Ejecutora)

7 Seccional Gran Buenos Aires Noroeste: 20 miembros (empresa exigible: Belgrano S.A Línea San Martin y ALL Central BAP)

8 Seccional córdoba mediterránea: 15 miembros (empresa exigible: Belgrano cargas y Belgrano S.A – Belgrano Cargas)

9 Seccional en Córdoba centro: 18 miembros (empresa exigible: Ministerio de Salud, NCA, Alvear Alem – Sisame y Ferrocentral)

10 Seccional Bahía Blanca: 17 miembros (empresa exigible: Ferrosur Roca, Unidad ejecutora y consorcio Puerto Bahía Blanca)

11 Seccional Bragado: 11 miembros (empresa exigible: Fepsa y Unidad ejecutora)

12 Seccional Entre ríos: 15 miembros (empresa exigible: Alvear Alem SISAME y ALL Mesopotámico)

13 Seccional Córdoba oeste: 9 miembros (empresa exigible: Bel grano Cargas y Belgrano S.A)

14 Seccional Patagónica: 11 miembros (empresa exigible: Ferrosur Roca y Tren Patagónico)

15 Seccional la Pampa: 11 miembros (empresa exigible: FEPSA y Unidad Ejecutora)

16 Seccional Junín: 12 miembros (empresa exigible: ALL Central BAP, Ferromed y Unida Ejecutora)

17 Seccional Sgo. Del estero: 9 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas y NCA)

18 Seccional la plata: 13 miembros (empresa exigible: Belgrano S.A Línea Roca y Consorcio Puerto La Plata )

19 Seccional Mar del Plata: 15 miembros (empresa exigible: Unidad Ejecutora, Consorcio Puerto Mar del Plata y Consorcio Puerto Quequen)

20 Seccional Cuyo: 13 miembros (empresa exigible: ALL central BAP y Belgrano Cargas)

21 Seccional Corrientes: 15 miembros (empresa exigible: Puerto Corrientes y ALL Mesopotámico)

22 Seccional Olavarría: 11 miembros (empresa exigible: Ferrosur Roca y Unidad Ejecutora)

23 Seccional Chaco: 16 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas SOFSE y Belgrano S.A – Belgrano Cargas)

24 Seccional Rosario: 16 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas, Ente Administrador Puerto Rosario y NCA)

25 Seccional Noroeste: 16 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas SOFSE y Ecotren S.A)

26 Seccional Sta. Fe: 15 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas y Ente Administrador Puerto Sta. Fe.

27 Seccional Tucumán: 16 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas, Empresa Gral. Belgrano S.A, Ferrocentral y NCA)

28 Seccional San Luis: 9 miembros (empresa exigible: ALL Central BAP)

29 Seccional Lynch: 15 miembros (empresa exigible: ALL Mesopotámico, Metrovias y Unida Ejecutora)

30 Seccional Tapiales: 16 miembros (empresa exigible: Línea Belgrano Sur)

31 Seccional Retiro: 16 miembros (empresa exigible: Belgrano Cargas, Belgrano S.A SOFSE y ADIFSE)

32 Seccional Gran Buenos Aires Belgrano Norte: 17 miembros (empresa exigible: Ferrovías y Belgrano S.A- Ferrovías)


En cumplimiento de la ley de cupo femenino, las listas para ser oficializadas deberán postular como mínimo candidatas mujeres de acuerdo al siguiente detalle

1-     Seccional Capital OSFE: 3 candidatas

2-     Seccional Gran Buenos Aires Sud: 2 candidatas

3-     Seccional Gran Buenos Aires de La Costa: 2 candidatas

4-     Seccional Gran Buenos Aires Norte: 1 candidata

5-     Seccional Gran Buenos Aires Oeste: 2 candidatas

6-     Seccional Gran Buenos Aires Noroeste: 2 candidatas

7-     Seccional Córdoba Centro: 4 candidatas

8-     Seccional Bahía Blanca: 1 candidata

9-     Seccional Entre Ríos: 1 candidata

10-  Seccional Junín: 2 candidatas

11-  Seccional La Plata: 1 candidata

12-  Seccional Mar del Plata: 1 candidata

13-  Seccional Chaco: 2 candidatas

14-  Seccional Retiro: 4 candidatas

15-  Seccional Gran Buenos Aires Belgrano Norte: 2 candidatas

16-  Seccional Lynch: 2 candidatas

17-  Seccional Tapiales: 1 candidata

En todos los casos, dos de los miembros deberán ser jubilados. Así mismo, se elegirá también igual numero de suplentes los que remplazaran a los titulares en orden de lista correspondiendo para las candidatas por el cupo femenino un suplente del mismo sexo.

La duración de los mandatos será de cuatro años (art. 32 del estatuto social)


Tercero: Las mesas electorales funcionaran en los lugares que se indican a continuación, dentro del horario general de 8,00 a 20,00hs.

Seccional Capital- OSFE

Seccional Capital Puerto

Seccional Gran Buenos Aires Sud

Seccional Gran Buenos Aires Norte

Seccional Gran Buenos Aires de la Costa

Seccional Gran Buenos Aires Oeste

Seccional Gran Buenos Aires Noroeste

Seccional Gran Buenos Aires Belgrano Norte

Seccional Córdoba Mediterránea

Seccional Córdoba Centro

Seccional Bahía Blanca

Seccional Bragado

Seccional Entre Ríos

Seccional Córdoba Oeste

Seccional Patagónica

Seccional La Pampa

Seccional Junín

Seccional Santiago del Estero

Seccional La Plata

Seccional Mar del Plata

Seccional Cuyo

Seccional Corrientes

Seccional Olavarría

Seccional Chaco

Seccional Rosario

Seccional Noroeste

Seccional Santa Fe

Seccional Tucumán

Seccional San Luis

Seccional Tapiales

Seccional Lynch

Seccional Retiro

Cuarto: Hacer saber a los afiliados de acuerdo con las normas antes invocadas.

A- Que a partir de la publicación de la convocatoria a elecciones un padrón provisorio, por orden alfabético y otro por establecimiento se exhibirán en la sede de la junta electoral. Con 45 días de antelación a la fecha del comicios se procederá a remplazarlos por los padrones definitivos que se exhibirán en la sede de la junta electoral y en cada seccional, los correspondientes a su jurisdicción.


B- El plazo para presentar el periodo de oficialización de listas de candidatos, vence el día 10 de septiembre de 2012, a las 24:00hs (art. 15 del decreto reglamentario N° 467/88). Las listas de los candidatos para ser oficializadas, deberán satisfacer los siguientes requisitos:

1- deberán integrarse como candidatos para la totalidad de los cargos incluidos de la convocatoria, especificando nombres y apellidos completos de cada candidato, documento de identidad, numero de afiliado, domicilio, lugar de trabajo, y empresa o entidad para la que prestan servicio o en su caso su condición de jubilado.

2- Las listas que aspiren ejercer el gobierno de la unión, deberán presentar indefectiblemente listas de candidatos a comisiones ejecutivas en la mitad de las seccionales existentes, como mínimo (art. 107 de estatuto social)

3- Deben cumplimentar los recaudos establecidos para la integración de cada órgano

4- Los candidatos deben cumplimentar los requisitos estatuarios para cada cargo.

5- las listas deben ser avaladas por el 3% como mínimo, de la totalidad de los afiliados en condiciones de votar. Los avales se registraran en planillas en las que conste la firma del avalista, su apellido y nombres completos, documento de identidad, números de afiliados, lugar de trabajo y empresa, o entidad para la que preste servicios. Cada afiliado puede avalar una sola lista y solamente pueden hacerlo aquellos que se encuentren en condiciones de votar.

6- A los efectos del punto anterior, de acuerdo al padrón provisorio, se encuentran en condiciones de votar 19.244 socios activos y 25.070 socios jubilados.

7- Las listas deben ser acompañadas por la aceptación por escrito de la respectiva candidatura suscripta por cada candidato, en los que se especifique cual es el cargo cuya candidatura se acepta. La firma del aceptante debe ser certificada, indistintamente, por el secretario general de la comisión ejecutiva de la seccional a la que pertenezcan, escribano publico o entidad bancaria.

8- Las listas deben presentarse por triplicado separando, en la nomina correspondiente a cada órgano, los candidatos activos de los jubilados.


C- Para participar del acto electoral, los afiliados deberán figurar en el padrón respectivo e identificarse exhibiendo carnet sindical, o en su defecto DNI y ultimo recibo de haberes.


D- Que la junta Electoral Nacional ha quedado constituida, de conformidad con el articulo 48 del estatuto por el compañero Busto Mario Oscar en calidad de presidente; por el compañero Cecci Edgardo como secretario y por los compañeros Ramírez Jorge, Laviuzza Daniel y Ruppel Juan Gerónimo como vocales; atendiendo de lunes a viernes en la sede de la Unión Ferroviaria, calle Independencia N° 2880, capital federal de 15.00 a 17.00 hs.


El día establecido como fecha limite para la presentación de listas, la junta electoral nacional funcionara desde las 16 hs hasta las 24 hs.

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